¿Puede una empresa, elegir como política contable, dar de baja los pasivos financieros y el efectivo si realiza pagos mediante un sistema de pago electrónico con un proceso de liquidación automatizado?
Importante recordar que el párrafo B3.3.10 de la NIIF 9 exige que, si una entidad opta por aplicar la excepción para la baja en cuentas de pasivos financieros liquidados mediante un sistema de pago electrónico, la aplique a todas las liquidaciones realizadas mediante dicho sistema.
