NIC 12; Impuesto a las Ganancias:
Implementa el «método de balance integral» para la contabilización de impuestos a las ganancias que reconoce tanto las consecuencias fiscales actuales de transacciones y eventos como las consecuencias fiscales futuras de la futura recuperación o liquidación del valor en libros de los activos de una entidad. y pasivos.
Las diferencias entre el valor en libros y la base fiscal de los activos y pasivos, y las pérdidas y créditos fiscales arrastrados, se reconocen, con limitadas excepciones, como diferencias temporales que generan pasivos por impuestos diferidos o activos por impuestos diferidos, y estos últimos también están sujetos a una prueba de « beneficios probables ».
La NIC 12 aplica a partir del 1 de enero de 1998.
Emisión | Mejora/Enmiendas | Vigente desde |
07/05/2021 | Impuesto diferido relacionado con activos y pasivos que surgen de una sola transacción | 01/01/2023 |
Interpretaciones relacionadas:
Número | Resumen | Vigente desde |
CINIIF 7 | Aplicación del Procedimiento de Reexpresión según la NIC 29 Información Financiera en Economías Hiperinflacionaria | 2005 |
CINIIF 23 | La Incertidumbre frente a los Tratamientos del Impuesto a las Ganancias | 2017 |
SIC-25 | Impuesto a las Ganancias—Cambios en la Situación Fiscal de la Entidad o de sus Accionistas | 2000 |
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